La regulación de los avances tecnológicos se enfrenta a un reto constante en un entorno cambiante. La evolución de la conectividad ha dejado obsoletas normas anteriores, destacando la competencia desleal entre servicios de televisión y plataformas OTT.

La regulación de la tecnología ha sido, históricamente, uno de los desafíos más complejos para el Derecho. El ritmo acelerado de los avances tecnológicos, con cambios que se producen a una velocidad vertiginosa, ha hecho que las normativas queden obsoletas casi tan pronto como entran en vigor. A pesar de la percepción de un Congreso ágil, las leyes suelen quedarse atrás frente a la rapidez con la que la tecnología impacta en diversos sectores.
Un ejemplo claro de este desfase lo encontramos en la industria de los servicios de telecomunicaciones, como la televisión y la música. En el pasado, la regulación de estos servicios estaba vinculada a la tecnología empleada para su prestación, pero la llegada de Internet ha revolucionado todo. Ahora, los usuarios pueden acceder a estos servicios tradicionales a través de plataformas no reguladas, como las OTT (Over The Top), lo que ha dejado obsoletas muchas normativas preexistentes.
Un claro ejemplo de este fenómeno es el servicio de televisión. Las reglas que obligan a las televisoras a ofrecer contenidos que reflejan la pluralidad ideológica y cultural de la Nación carecen de validez frente a las plataformas de streaming que permiten el acceso a contenidos extranjeros, completamente ajenos al contexto mexicano. Igualmente, las regulaciones sobre publicidad en la televisión han perdido relevancia, pues los usuarios de aplicaciones de streaming deben soportar la sobrecarga de anuncios que imponen muchas de estas plataformas.
Este desfase en la regulación no solo es ineficaz, sino que crea desventajas competitivas injustificadas entre servicios equivalentes. Aunque este tema ha sido revisado por los tribunales en diversas ocasiones, el margen de interpretación del juez es limitado, ya que en un sistema jurídico de origen romano-germánico como el mexicano, el texto literal de la ley prevalece sobre las interpretaciones progresistas.
Sin embargo, en junio de 2024, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un paso importante al reconocer, aunque de manera tangencial, las similitudes entre los servicios de televisión y las plataformas OTT, basándose en la experiencia del usuario. Este criterio, originado a partir de un amparo interpuesto por Cinemex, abrió el debate sobre las condiciones de competencia y libre concurrencia en estos sectores.
La Corte no concedió la razón a Cinemex, pero sentó un precedente al valorar las distinciones técnicas y artísticas entre los diferentes formatos de exhibición de películas. Para la SCJN, la experiencia en el cine es colectiva, mientras que la de los servicios de televisión y OTT es personalizable, lo que permite ajustes como los subtítulos sin afectar la experiencia de otros usuarios.
Este precedente establece que la regulación actual de la televisión podría ser interpretada como una desventaja para los servicios OTT, dado que ambos compiten por el mismo público. Es crucial que el Congreso, al redactar la secundaria legislación de la reforma constitucional en materia de simplificación orgánica, tenga en cuenta este contexto para evitar una regulación obsoleta que imponga barreras injustificadas a la competencia.