Juez frena a Trump: no podrá usar ley de guerra para deportar venezolanos

El fallo prohíbe aplicar la ley de tiempos de guerra en Texas, argumentando que no existe una invasión como la que exige la legislación.

ley

Un juez federal del Distrito Sur de Texas emitió un fallo histórico que impide al expresidente Donald Trump utilizar la Ley de Enemigos Extranjeros —una legislación de 1798 concebida para tiempos de guerra— como fundamento legal para deportar a migrantes venezolanos acusados de vínculos con pandillas. La decisión, dictada por el juez Fernando Rodriguez Jr., considerado afín al propio Trump por haber sido nominado por él, representa el rechazo judicial más amplio hasta la fecha contra el intento de aplicar esa ley a cuestiones migratorias modernas.

En su sentencia de 36 páginas, el juez concluyó que la proclamación del expresidente carece de sustento legal para invocar la figura de “invasión” que contempla la Ley de Enemigos Extranjeros, pues el fenómeno migratorio no equivale al ingreso de fuerzas armadas extranjeras. En este contexto, el juez rechazó que la supuesta actividad del Tren de Aragua, una pandilla venezolana, califique como una amenaza militar o una incursión depredadora, conceptos clave de la ley.

Aunque la decisión solo aplica al Distrito Sur de Texas, que incluye ciudades como Brownsville, Houston y Laredo, podría influir en otros procesos judiciales abiertos en distintos estados del país. Actualmente, la Unión Estadounidense de Libertades Civiles (ACLU) mantiene demandas similares en Nueva York, Colorado, Nevada, Washington, Pensilvania y Georgia, logrando hasta ahora suspensiones temporales del uso de la ley en la mayoría de ellos.

El fallo no solo desactiva el uso inmediato de la legislación para detener y deportar a migrantes dentro del distrito, sino que también sienta un precedente legal al señalar que el Poder Judicial tiene facultades para revisar cómo el Ejecutivo interpreta leyes incluso en materia de política exterior, pese a los argumentos contrarios del Departamento de Justicia.

El juez Rodriguez también aclaró que no podía evaluar la veracidad de las declaraciones de Trump, como su afirmación de que el Tren de Aragua es controlado por el gobierno venezolano, pero aun aceptando esa premisa, su uso de la ley seguía siendo inadecuado. En sus palabras, los términos “invasión” e “incursión depredadora” históricamente se han referido a ataques de ejércitos extranjeros, no al ingreso irregular de civiles o grupos criminales.

Hasta el momento, la ACLU no ha logrado que el gobierno estadounidense repatríe a los cerca de 140 venezolanos que fueron deportados a El Salvador el pasado 15 de marzo bajo esta misma ley. Estas personas permanecen detenidas en el Centro de Confinamiento del Terrorismo (CECOT), la megacárcel salvadoreña, mientras sus abogados piden al tribunal federal en Washington que ordene su retorno a Estados Unidos para que puedan recibir el debido proceso legal que se les negó.

La Casa Blanca no ha emitido comentarios sobre la resolución hasta el cierre de esta edición, pero se espera una pronta apelación que podría escalar el caso a instancias superiores. Mientras tanto, la sentencia de Rodriguez ofrece un revés significativo a los planes de deportación masiva que Trump ha sugerido retomar si regresa al poder.

614  Chihuahua sin Filtros

X