Diputados del Verde y PT proponen quitar beneficios fiscales a electrolitos, aplicarles IVA e IEPS, y obligar su etiquetado sanitario, al considerar que contienen azúcares similares a refrescos.

Diputados federales de los partidos Verde Ecologista de México (PVEM) y del Trabajo (PT) presentaron una iniciativa para reformar las leyes del IVA, IEPS y de Salud, con el fin de regular la venta de bebidas electrolíticas orales.
La propuesta busca eliminar la tasa cero de IVA que actualmente se aplica a estos productos, imponerles el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y obligar a que incluyan sellos de advertencia en caso de exceder los niveles de azúcares o edulcorantes.
Los legisladores Ernesto Núñez Aguilar, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Reginaldo Sandoval Flores y José Antonio López Ruiz señalaron que diversas marcas han utilizado indebidamente registros sanitarios como “medicamento” para evitar el pago de impuestos y el etiquetado frontal previsto en la NOM-051.
De acuerdo con la exposición de motivos, esta práctica distorsiona el mercado y afecta la salud pública, ya que los consumidores perciben a los electrolitos como productos terapéuticos, aunque su composición se asemeja más a la de una bebida azucarada. Incluso se destacó que la marca líder del sector reportó ventas por más de 16 mil millones de pesos en 2024, mientras que en los últimos cinco años se habrían dejado de recaudar cerca de 12 mil millones de pesos en impuestos.
La iniciativa resalta que la fórmula de estas bebidas comerciales difiere del estándar de rehidratación recomendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS). Mientras la solución de la OMS contiene 1.35 gramos de glucosa por cada 100 ml, algunas bebidas disponibles en México alcanzan hasta 5 gramos, casi cuatro veces más.
En este sentido, la propuesta plantea que los electrolitos sean considerados como “bebidas saborizadas” cuando tengan azúcares añadidos y queden sujetos a la cuota vigente de IEPS de $1.6451 por litro, además de perder la tasa cero de IVA.
Asimismo, la reforma a la Ley General de Salud adiciona el artículo 212 Bis para obligar a que estos productos lleven sellos de advertencia cuando superen los límites de azúcares, edulcorantes u otros nutrientes críticos.
De ser aprobado, el decreto entraría en vigor 90 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, con un plazo adicional de 120 días para que los productores adecúen su etiquetado.
Los proponentes subrayaron que el objetivo es garantizar la equidad fiscal y proteger la salud de los consumidores mediante información clara y transparente.