El Senado aprobó en lo general y particular la reforma a la Ley de Amparo; ahora pasará a la Cámara de Diputados para continuar con el proceso legislativo.

El Senado de la República aprobó en lo general y en lo particular el dictamen que reforma la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Con 76 votos a favor y 39 en contra se avaló el documento en lo general, mientras que en lo particular el resultado fue de 70 a favor y 39 en contra. La propuesta, impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum, ahora será turnada a la Cámara de Diputados para continuar su trámite.
La sesión estuvo marcada por un debate intenso y confrontaciones entre oficialismo y oposición. El senador Luis Donaldo Colosio advirtió que la reforma “traiciona el espíritu del amparo” y recordó que esta figura ha sido clave en casos como la investigación de Ayotzinapa, amparos ambientales y el acceso a tratamientos médicos para niños con cáncer. “El espíritu del amparo es proteger a las personas frente al poder del Estado. Esta reforma fortalece al poderoso y debilita a los vulnerables”, sostuvo en tribuna.
Por su parte, la senadora panista Lilly Téllez dirigió acusaciones al legislador Adán Augusto López, a quien calificó como “narcosenador”, lo que generó interrupciones y protestas de integrantes de Morena. Desde el bloque oficialista, la senadora Martha Lucía Mícher pidió centrarse en el análisis jurídico de la ley, destacando que el proyecto moderniza procesos y brinda mayor certeza en los procedimientos.

El dictamen contempla cambios sustanciales, entre ellos:
- Redefinición del interés legítimo, permitiendo solicitar amparo por afectaciones individuales o colectivas sin que el daño deba ser necesariamente actual o directo.
- Digitalización del juicio de amparo, habilitando notificaciones y presentaciones electrónicas a través del portal del Poder Judicial de la Federación.
- Ajustes procesales, como ampliar de 60 a 90 días el plazo para dictar sentencia en amparo indirecto y de tres a cinco días para presentar garantías en suspensiones penales.
- Reforma en materia fiscal, que condiciona la suspensión de actos de cobro de créditos fiscales a la entrega de garantías mediante billete de depósito o carta de crédito avalada por instituciones financieras.
Las disposiciones aplicarán a los nuevos juicios y a los que estén en trámite cuando la reforma entre en vigor, tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Aunque el texto no incorpora nuevas sanciones para autoridades que incumplan sentencias, mantiene vigentes las ya establecidas.