El Gobierno de CDMX expropiará 400 inmuebles en este sexenio para garantizar vivienda asequible, enfocándose en predios deteriorados y afectados por el sismo de 2017. En el primer año ya se emitieron 38 decretos.

El Gobierno de la Ciudad de México (CDMX) ha anunciado un plan estratégico para el actual sexenio que contempla la expropiación de hasta 400 inmuebles. Esta medida tiene como objetivo primordial garantizar el derecho fundamental a una vivienda digna y asequible, especialmente para la población de menores ingresos, y atender casos derivados de desastres naturales.
Según reportes de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales, en el transcurso del primer año de la administración se han emitido 38 decretos expropiatorios. La distribución de estos decretos se realizó de la siguiente manera:
- 27 decretos fueron publicados en la Gaceta Oficial a favor del Instituto de Vivienda (INVI), con el fin de desarrollar vivienda popular.
- 11 decretos se destinaron a favor de la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México, orientados a la rehabilitación de edificios dañados por el sismo de 2017.
Adicionalmente, en este mismo periodo, se publicaron 39 declaratorias de utilidad pública. Se espera que, con base en estas declaratorias, se concrete la expropiación de otros 11 inmuebles antes de finalizar el año para ser destinados a viviendas populares o a las familias damnificadas por el sismo de 2017.
Características y Justificación de la Expropiación
Los predios sujetos a expropiación son, en su mayoría, inmuebles deteriorados y ubicados en diversas colonias de la CDMX que han sido catalogados como de alto riesgo estructural. Esta condición representa un peligro tanto para sus ocupantes como para la comunidad circundante.
En el caso específico de los edificios dañados por el sismo de 2017, la expropiación es un proceso legal previo y necesario que debe llevarse a cabo para que la Comisión para la Reconstrucción pueda proceder a la rehabilitación de la infraestructura.
Para iniciar el proceso de expropiación, se requiere que los inmuebles cuenten con dictámenes técnicos emitidos por autoridades y especialistas calificados, incluyendo directores responsables de obra, auxiliares de la administración pública o, en su caso, la Secretaría de Gestión Integral de Riesgo y Protección Civil, la Secretaría de Obras y Servicios o el Instituto para la Seguridad de las Construcciones local.
Es importante señalar que, en muchos de estos casos, son los propios poseedores u ocupantes de los predios quienes solicitan la expropiación con el fin de que se destine el terreno a la construcción de viviendas populares y de interés social.
Compensación y Avalúo
El Gobierno de la Ciudad de México, a través del Instituto de Vivienda (INVI), es el encargado de realizar el pago de la indemnización constitucional a las personas propietarias afectadas. Dicho pago se efectúa previa acreditación del interés jurídico de la persona y el monto final se determina con base en un avalúo emitido por la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario de la Secretaría de Administración y Finanzas.
Entre los inmuebles cuya expropiación se concretó este año se encuentran ubicaciones en colonias clave como:
- Saratoga 410, Colonia Portales (Benito Juárez).
- Mar Mediterráneo 123, Colonia Popotla (Miguel Hidalgo).
- Ruiseñor 15, Colonia José María Pino Suárez (Álvaro Obregón).
- Francisco S. Rivas 52, Colonia Obrera (Cuauhtémoc).
- Lago Winnipeg 37, Colonia San Juanico (Miguel Hidalgo).