La Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó la constitucionalidad de la Ley Litio, ratificando que el mineral es patrimonio de la nación y su explotación queda reservada exclusivamente al Estado mexicano.

En una sesión histórica realizada la tarde de este martes 24 de marzo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió con una mayoría de 7 votos la acción de inconstitucionalidad 78/2022. Con este fallo, el máximo tribunal del país avala el marco legal que permite al Gobierno de México la administración exclusiva del litio, consolidando la reforma conocida como «Ley Litio». La resolución establece formalmente que este mineral es de utilidad pública, lo que prohíbe de manera definitiva el otorgamiento de concesiones o licencias a particulares para su extracción.
El proyecto validado por los ministros dicta que el litio es patrimonio de la Nación, reservando su exploración, explotación y beneficio en favor del pueblo de México. Este veredicto desestima la propuesta promovida por un grupo de senadores en mayo de 2023, la cual pretendía modificar la esencia de la ley original enviada por el Ejecutivo en 2022. Aquella impugnación buscaba evitar la declaratoria del mineral como patrimonio nacional y permitir su explotación mediante un esquema de asignaciones menos rígido.
Bajo este nuevo decreto, la operatividad de la industria del litio recaerá en un organismo público descentralizado, cuya designación será responsabilidad del Poder Ejecutivo. La Secretaría de Economía, en conjunto con este nuevo organismo y el apoyo técnico del Servicio Geológico Mexicano, asumirá la tarea crítica de localizar y reconocer las áreas geológicas que alberguen reservas probables del mineral. Este proceso de industrialización deberá ajustarse estrictamente a los tratados internacionales en materia de medio ambiente y derechos humanos.
Un aspecto fundamental del marco legal ratificado es la obligatoriedad de proteger la salud pública y preservar el entorno ambiental en todas las etapas de la cadena productiva. Asimismo, la ley exige el respeto absoluto a los derechos de los pueblos originarios, comunidades indígenas y afromexicanas en cuyas tierras se ubiquen los yacimientos. Se aclaró que, mientras el litio queda bajo control estatal directo, otros minerales no estratégicos podrán seguir siendo explotados mediante concesiones, siempre que los beneficiarios sean ciudadanos mexicanos, ejidos o sociedades legalmente constituidas en el país.
Con esta decisión, la Suprema Corte cierra un capítulo de incertidumbre jurídica sobre los recursos estratégicos de la nación. El fallo no solo asegura que las ganancias derivadas del aprovechamiento del litio permanezcan en manos del Estado, sino que también establece las bases para una política minera que prioriza el interés social sobre el comercial, preparando a México para participar con soberanía en la transición energética global.