Proponen tipificar llamadas falsas al 911 como delito en Chihuahua

Diputada de PAN en Chihuahua propone sancionar llamadas falsas al 911 con cárcel y multas, para evitar saturar el sistema y mejorar la atención en emergencias reales.

La diputada Nancy Janeth Frías, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) en el Congreso del Estado de Chihuahua, presentó una iniciativa para tipificar como delito las llamadas falsas al número de emergencias 911.

Durante la sesión ordinaria del martes 23 de septiembre, Frías propuso adicionar el artículo 307 Bis al Código Penal de Chihuahua, que contempla penas de entre seis y doce meses de prisión y multas económicas que van desde 100 hasta 400 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a aproximadamente 11 mil 314 hasta 45 mil 256 pesos.

La iniciativa surge ante la preocupación de las autoridades por la alta cantidad de llamadas improcedentes que saturan la línea de emergencias. Datos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado (SSPE) revelan que, en lo que va del año, el 66.48% de las 346 mil 397 llamadas recibidas fueron falsas o improcedentes. Esto significa que dos de cada tres llamadas no correspondieron a una emergencia real.

En particular, el municipio de Chihuahua registra alrededor de 40 mil llamadas anuales al 911, de las cuales un estimado del 60% son bromas o distractores que afectan la labor de los operadores del Centro de Emergencias y Respuesta Inmediata (CERI) y de la Dirección de Seguridad Pública Municipal (DSPM).

La diputada Frías advierte que estas conductas no solo saturan el sistema, sino que también dañan la confianza de la ciudadanía en el servicio de emergencias. «Ningún ciudadano en una situación crítica debería dudar en llamar al 911 por temor a que la línea esté ocupada o a que no lleguen las unidades a tiempo», señaló.

El artículo 307 Bis describe como delito la realización dolosa de llamadas falsas al 911 o avisos falsos que impliquen la movilización de servicios de seguridad, emergencias médicas o cuerpos de rescate, con conocimiento de que no existe una situación real de peligro, siniestro o crimen. Además, incluye a quienes faciliten dispositivos o medios para realizar tales llamadas.

Las penas podrían aumentar hasta en una mitad y la multa en una tercera parte si la llamada falsa moviliza corporaciones, causa daños, lesiones o perjuicios a terceros. También se considerarán agravantes en caso de reiteración o reincidencia.

La propuesta, una vez aprobada y publicada en el Periódico Oficial del Estado, entrará en vigor al día siguiente y aplicará para cualquier conducta posterior que se ajuste a este nuevo marco legal.

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