Aprueban hasta 13 años de cárcel por homicidios causados por conductores ebrios

El Congreso de Chihuahua reformó el Código Penal para aumentar las penas contra conductores ebrios que provoquen muertes o lesiones, con sanciones de hasta 13 años de prisión.

El Congreso de Chihuahua aprobó una reforma al Código Penal que aumenta hasta 13 años de prisión las penas para conductores ebrios que provoquen muertes.

El Congreso del Estado de Chihuahua aprobó una reforma al Código Penal que endurece las sanciones contra los conductores ebrios que provoquen accidentes con víctimas mortales o personas lesionadas, estableciendo penas de hasta 13 años de prisión en los casos más graves.

La iniciativa fue presentada por la diputada Xóchitl Contreras Herrera, del Partido Acción Nacional (PAN), con el propósito de fortalecer el marco legal para sancionar este tipo de conductas y desalentar que personas conduzcan bajo los efectos del alcohol o sustancias tóxicas.

Durante la presentación de la reforma, la legisladora señaló que quien decide conducir después de consumir alcohol o drogas es consciente del riesgo que representa para la vida de terceros, por lo que consideró necesario que la legislación priorice la protección de las víctimas y sus familias.

«Quien decide manejar después de consumir alcohol o sustancias tóxicas sabe que pone vidas en riesgo. No podemos seguir permitiendo que una decisión irresponsable siga arrebatando padres, madres, hijos o hermanos. La ley tiene que estar del lado de las víctimas y de sus familias, no de quienes deciden conducir en esas condiciones», expresó.

La reforma contempla un incremento en diversas penas. En el caso de homicidio imprudencial cometido por operadores del transporte público o de carga, la sanción aumenta de un rango de 4 a 12 años de prisión a uno de 4 a 13 años.

Asimismo, cuando un conductor en tercer estado de ebriedad o bajo intoxicación provoque la muerte de dos o más personas, la pena se incrementa de un rango de 3 años y 6 meses a 8 años, a uno de 3 a 10 años de prisión, además de las multas correspondientes.

Para los casos en los que el responsable conduzca en tercer estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes o sustancias psicotrópicas, la sanción general también aumenta, pasando de 2 a 8 años de prisión a un rango de 2 a 9 años, además de las sanciones económicas previstas por la ley.

En materia de lesiones, cuando estas sean ocasionadas por operadores del transporte público o de carga, la pena también se incrementa de 3 a 10 años a un rango de 3 a 11 años de prisión, con el objetivo de brindar una mayor protección a las víctimas.

La reforma también establece que quienes conduzcan en primer o segundo estado de ebriedad y provoquen lesiones u homicidio, abandonen a la víctima o circulen a una velocidad superior en más de 30 kilómetros por hora al límite permitido, enfrentarán penas de entre 1 y 7 años de prisión, además de multas que van de 40 a 120 días.

La diputada Xóchitl Contreras afirmó que, aunque ninguna condena puede reparar la pérdida de una vida, el fortalecimiento de las sanciones busca enviar un mensaje claro de que en Chihuahua las consecuencias por conducir en estado de ebriedad serán más severas para quienes ocasionen una tragedia.

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