Choferes de transporte público, taxis, plataformas y transporte colectivo podrán enfrentar suspensión o cancelación de licencia por conducir intoxicados o reincidir en faltas graves.

El Congreso del Estado de Chihuahua aprobó modificaciones a la Ley de Vialidad y Tránsito y a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial, con nuevas disposiciones relacionadas con la suspensión y cancelación de licencias de conducir.
Entre las medidas se contempla que quienes conduzcan vehículos destinados al transporte público, taxis, plataformas digitales y transporte colectivo de pasajeros puedan enfrentar la suspensión de su licencia si manejan bajo los efectos del alcohol, drogas u otras sustancias tóxicas durante el ejercicio de sus funciones.
La reforma establece una disposición de cero tolerancia al alcohol para quienes desempeñen estas actividades, por lo que la sanción puede aplicarse ante cualquier cantidad de alcohol cuando la persona se encuentre conduciendo o maniobrando un vehículo como parte de su actividad laboral. La medida también contempla casos relacionados con drogas, psicotrópicos o estupefacientes.
La disposición considera a conductores de servicio público, taxistas, operadores de transporte colectivo y choferes de vehículos utilizados mediante plataformas digitales. En el caso de sustancias prescritas médicamente, la norma contempla la excepción correspondiente cuando exista una prescripción que certifique la capacidad de la persona para conducir.
Además de las sanciones relacionadas directamente con la intoxicación, las modificaciones establecen reglas específicas para quienes acumulen infracciones consideradas graves.
De acuerdo con las nuevas disposiciones, una persona puede enfrentar la suspensión de su licencia cuando acumule dos infracciones graves en ocasiones distintas dentro de un periodo de tres meses. Cuando la falta grave esté relacionada con conducir bajo los efectos del alcohol o drogas, el periodo considerado para determinar la reincidencia se amplía hasta 12 meses.
La reforma también contempla la cancelación definitiva de la licencia cuando el titular acumule tres infracciones graves durante un periodo de un año.
Entre las situaciones que pueden derivar en la cancelación definitiva se encuentra provocar un siniestro de tránsito mientras se conduce bajo los efectos del alcohol, drogas, psicotrópicos o estupefacientes, cuando como consecuencia del hecho fallezca una persona.
También se consideran causales relacionadas con la presentación de información falsa, documentación apócrifa o el incumplimiento en la entrega o comprobación de los documentos requeridos por las autoridades correspondientes.
Las modificaciones forman parte del proceso de actualización y armonización de las normas estatales en materia de vialidad, movilidad y seguridad vial. La iniciativa fue analizada mediante una mesa técnica en la que participaron integrantes del Congreso, la Subsecretaría de Movilidad de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado y representantes del Consejo Consultivo Vial.
La SSPE había informado previamente que se encontraba trabajando en la adecuación del Reglamento de Tránsito para incorporar las modificaciones legales y actualizar distintas disposiciones relacionadas con seguridad vial. Entre los temas revisados se encuentran precisamente la conducción bajo los efectos del alcohol, los límites de velocidad y el uso de teléfonos celulares al volante.
Las nuevas reglas se suman a las disposiciones que ya contemplan sanciones para quienes conduzcan bajo los efectos del alcohol o sustancias que alteren su capacidad. En 2026, la SSPE ha reforzado los operativos de vigilancia y alcoholimetría; entre el 24 y el 30 de agosto reportó 31 personas detenidas por conducir en estado de ebriedad.
Con estas modificaciones, el marco estatal establece consecuencias más específicas para los conductores que reincidan en infracciones graves y, particularmente, para quienes prestan servicios de transporte y sean detectados conduciendo bajo los efectos de sustancias.
La actualización también forma parte de una reforma más amplia que incluye disposiciones sobre el uso de dispositivos electrónicos mientras se conduce, seguridad para menores pasajeros, límites de velocidad, prioridad para peatones, personas con discapacidad y ciclistas, además de nuevas reglas para la actuación de los agentes de vialidad.
