La Comisión de Medio Ambiente del Congreso analiza reformar el Código Penal para elevar las penas de maltrato animal, estableciendo hasta seis años de prisión y multas de 600 UMAS.

La Comisión de Medio Ambiente, Ecología y Desarrollo Sustentable del Congreso del Estado de Chihuahua se encuentra en el proceso de análisis de una iniciativa de reforma integral al Código Penal estatal. El objetivo primordial de esta propuesta es elevar significativamente las sanciones privativas de la libertad para quienes cometan actos de crueldad o maltrato en contra de animales de compañía, alineando la legislación local con estándares internacionales y con el reconocimiento constitucional de los animales como seres sintientes.
La reforma contempla modificaciones sustanciales a dos artículos clave:
- Artículo 365: Se propone una sanción de seis meses a cuatro años de prisión para quien cause lesiones que pongan en peligro la vida de un animal. Actualmente, el marco legal solo estipula de seis meses a un año. Además, se integran multas que oscilan entre las 200 y 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
- Artículo 366: En casos donde se cause la muerte del animal de forma dolosa, la pena se elevaría a un rango de dos a seis años de cárcel, superando el límite actual de dos años. Si el fallecimiento es provocado mediante métodos de crueldad extrema, la sanción podrá incrementarse en una mitad adicional. Las multas en este supuesto alcanzarían hasta las 600 UMAS.
Un aspecto relevante de la iniciativa es la protección especial a los animales de servicio. Si las conductas de maltrato se ejercen contra ejemplares adiestrados para labores de seguridad pública, protección civil o rescate, y estos sufren lesiones graves o mueren en cumplimiento de su deber, la pena se incrementará en una mitad adicional a la sanción base. La propuesta detalla que los recursos obtenidos por concepto de multas serán destinados directamente al Fondo Estatal de Bienestar Animal del Estado.
En la exposición de motivos, se argumenta que este incremento no representa un endurecimiento irracional, sino una actualización necesaria bajo el principio de proporcionalidad previsto en el artículo 22 de la Constitución. La protección de la vida y el bienestar animal se define como el bien jurídico tutelado, argumentando que las sanciones vigentes han resultado insuficientes para la prevención general del delito. De ser aprobada, la reforma posicionaría a Chihuahua con una de las legislaciones más severas en materia de justicia para seres sintientes en el país.