El Día de Muertos congrega las celebraciones principales los días 1 y 2 de noviembre, aunque la Ley Federal del Trabajo no contempla ninguna de estas fechas como un descanso obligatorio oficial para todos.

La celebración del Día de Muertos concentra sus fechas principales los días 1 y 2 de noviembre, abarcando también un calendario popular previo que recuerda a distintos tipos de ánimas y mascotas.
Sin embargo, la Ley Federal del Trabajo no contempla el 2 de noviembre como un descanso obligatorio oficial, por lo que las empresas pueden operar con absoluta normalidad durante esa jornada.
Quienes acudan a laborar en esa fecha recibirán únicamente su salario ordinario, a menos que el día coincida con su descanso semanal y apliquen los pagos adicionales correspondientes.
A pesar de las normas laborales para la mayoría de la población, los estudiantes de educación básica y el personal del sector bancario sí cuentan con suspensión de actividades.
Este sincretismo cultural combina antiguas tradiciones prehispánicas de los pueblos nahuas con las festividades católicas de Todos los Santos y los Fieles Difuntos.
