Ley Valeria: México tipifica el acecho como delito en el Código Penal Federal

La Ley Valeria reforma el Código Penal Federal para castigar el acecho con hasta cuatro años de prisión, reconociendo patrones de vigilancia y hostigamiento que antes no estaban tipificados.

Conozca la Ley Valeria: la reforma al Código Penal Federal que castiga el acecho en México con hasta 4 años de cárcel y multas económicas.

El Congreso de la Unión ha dado un paso significativo en la protección de la integridad personal con la aprobación de la denominada «Ley Valeria». Esta iniciativa, ratificada por la Cámara de Diputados el pasado 18 de febrero, no constituye una ley independiente, sino una reforma estructural al Código Penal Federal. Su objetivo primordial es tipificar y sancionar el acecho o stalking, una conducta que anteriormente carecía de un marco jurídico específico a nivel federal, lo que obligaba a las víctimas a denunciar bajo figuras legales insuficientes como amenazas u hostigamiento.

La reforma define el acecho como un patrón de conductas obsesivas, repetitivas y no deseadas. Según especialistas en Derecho Penal, el delito no se configura mediante un acto aislado, sino que requiere de la reiteración de acciones de seguimiento, vigilancia o intentos de comunicación sin consentimiento que alteren la salud mental y la tranquilidad de la víctima. Aunque las estadísticas indican que las mujeres son las principales afectadas, la ley se ha redactado como un tipo penal neutral, permitiendo su aplicación a cualquier ciudadano.

Marco punitivo y agravantes

La Ley Valeria establece consecuencias jurídicas claras para quienes incurran en este patrón de comportamiento, ya sea de forma presencial o mediante plataformas digitales. El esquema de sanciones se divide de la siguiente manera:

  • Pena base: Prisión de uno a cuatro años.
  • Sanción económica: Hasta 400 días de multa.
  • Agravantes: Las penas se incrementarán cuando la víctima sea menor de edad, persona adulta mayor o se encuentre en situación de vulnerabilidad. Asimismo, se aplicará un criterio más severo si existe una relación de autoridad o confianza entre el agresor y el afectado.

Origen y contexto estatal

El nombre de la reforma rinde homenaje a Valeria Macías, una docente de Nuevo León que documentó cinco años de acecho persistente, evidenciando los vacíos legales que impedían a las autoridades intervenir de manera preventiva. Al respecto, la diputada Iraís Reyes señaló que con esta medida el Estado finalmente «nombra y sanciona» una forma de violencia que antes era minimizada como simple insistencia.

Cabe destacar que, previo a esta armonización federal, diversas entidades federativas ya habían integrado el acecho en sus códigos locales. Entre los estados que cuentan con legislaciones similares se encuentran:

  • Guanajuato, Tamaulipas y Coahuila.
  • Nuevo León, Querétaro y Estado de México.
  • Colima, Guerrero y Oaxaca.

Esta reforma busca unificar los criterios de persecución del delito en todo el país, garantizando que el acoso obsesivo sea tratado como una violación grave a la libertad y seguridad ciudadana.

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