El Senado detuvo el envío de la reforma a la Ley de Amparo por un transitorio que permitiría su aplicación retroactiva. Podría corregirse con una “fe de erratas”.

La reforma a la Ley de Amparo quedó temporalmente suspendida en su proceso legislativo luego de que el Senado de la República frenara el envío de la minuta a la Cámara de Diputados, debido a la controversia por un artículo transitorio que permitiría aplicar las nuevas disposiciones de manera retroactiva.
El punto más polémico del texto establece que los casos de amparo que ya se encuentran en trámite se resolverían conforme a las disposiciones del nuevo decreto, lo que implica aplicar la reforma incluso a procesos en curso.
Esta situación generó fuertes críticas tanto en el ámbito político como en el jurídico. La periodista Leticia Robles de la Rosa alertó a través de la red social X que el Senado estudia corregir el transitorio mediante una “fe de erratas”, una figura legislativa usada para corregir errores de forma, pero que en este caso modificaría el fondo de lo aprobado:

“El proceso legislativo ya cerró; la presidenta de la Mesa lo declaró concluido. No se puede corregir con una fe de erratas un texto que fue discutido y votado”, advirtió Robles.
El artículo en cuestión fue impulsado por el senador Manuel Huerta Ladrón de Guevara (Morena) y aprobado durante la sesión plenaria. El texto establece:
“Los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Decreto, continuarán tramitándose hasta su resolución final conforme a las disposiciones que establece este Decreto”.
De aplicarse, este apartado daría efecto retroactivo a la ley, algo que la Constitución mexicana prohíbe cuando afecta derechos adquiridos o procesos judiciales en curso.
Incluso la presidenta Claudia Sheinbaum manifestó su desacuerdo, señalando que su iniciativa original no incluía dicho transitorio y pidiendo su revisión.
El dictamen general fue aprobado con 76 votos a favor y 39 en contra, en medio de un debate polarizado. Senadores de oposición, como Luis Donaldo Colosio, advirtieron que la medida podría restringir el acceso al amparo de personas vulnerables, mientras que Morena defendió la reforma como una herramienta de modernización judicial.

El coordinador de Morena en el Senado, Ricardo Monreal, reconoció que lo más probable es que el artículo sea modificado o eliminado cuando la minuta llegue a la Cámara de Diputados.
“Sí, seguramente en la Comisión de Justicia se suprimirá o se modificará para eliminar la retroactividad”, indicó.
Monreal reconoció, sin embargo, la incertidumbre sobre la vía formal para hacerlo: “No sé qué esté haciendo el Senado; podrían recurrir a una fe de erratas, pero no sé cómo resolverán el transitorio”.
El legislador estimó que la discusión en Diputados podría extenderse entre ocho y diez días, dependiendo de los ajustes que se determinen.
Juristas, colectivos y organizaciones civiles, entre ellas el Centro Prodh, GIRE, Fundar y Artículo 19, alertaron sobre las posibles afectaciones a los derechos humanos y a la seguridad jurídica de las personas que promovieron amparos bajo la legislación anterior.
El transitorio retroactivo —afirman— podría invalidar suspensiones en curso y dificultar el cumplimiento de sentencias, lo que aumentaría la discrecionalidad de las autoridades.
“La reforma limita la suspensión de actos reclamados y deja en manos de las autoridades el cumplimiento efectivo del amparo. Eso abre un margen peligroso para la impunidad”, señaló un comunicado conjunto.
La iniciativa redefine el concepto de interés legítimo, estableciendo que solo podrán promover amparos quienes acrediten una afectación real, actual y diferenciada.
También incorpora la digitalización de los juicios de amparo, permitiendo trámites y notificaciones electrónicas, aunque se garantiza el acceso físico para quienes carezcan de medios digitales.
Otros cambios relevantes incluyen:
- Extensión del plazo para dictar sentencia en amparo indirecto de 60 a 90 días.
- Restricciones a la suspensión de actos en casos de lavado de dinero, terrorismo y deuda pública.
- Endurecimiento de los requisitos para detener créditos fiscales.
Mientras la minuta permanece en pausa, la controversia política continúa. El uso de una fe de erratas para modificar un artículo aprobado por el pleno podría sentar un precedente legislativo cuestionable, al alterar el sentido jurídico de una norma mediante un procedimiento pensado solo para errores de forma.
Analistas y constitucionalistas coinciden en que la retroactividad no puede introducirse ni corregirse sin una nueva votación. La discusión, que divide a las bancadas, mantiene en suspenso la entrada en vigor de una de las reformas más relevantes en materia judicial de los últimos años.