La CEDH determinó violaciones graves a derechos humanos en el caso de una menor juarense fallecida en una clínica de Veracruz mientras se encontraba bajo tutela del Estado.

La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) de Chihuahua determinó que la Procuraduría de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes del Estado incurrió en violaciones graves a los derechos humanos de una menor de 15 años, originaria de Ciudad Juárez, quien falleció en 2023 mientras se encontraba bajo la tutela de la autoridad estatal en una clínica psiquiátrica ubicada en Boca del Río, Veracruz.
De acuerdo con la recomendación CEDH:5S.1.038/2025, la adolescente, identificada como “B”, nació el 2 de abril de 2007 en Ciudad Juárez. Tras la detención de su padre en Estados Unidos en 2008 y la muerte de su madre en 2009, quedó bajo el cuidado de su abuela materna, con quien posteriormente se trasladó a El Paso, Texas, en 2015.
Tras el fallecimiento de la abuela en 2018, la menor quedó bajo la custodia del sistema de protección infantil de Texas (Child Protective Services). Posteriormente, una familiar solicitó hacerse cargo de ella, periodo durante el cual la adolescente presentó conductas autolesivas y problemas derivados del acoso escolar.
En 2021, luego de diversos episodios de fuga y consumo de alcohol e intoxicación, la menor fue puesta a disposición de la Procuraduría de Protección Auxiliar de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito Judicial Bravos, iniciándose formalmente su tutela por parte del Estado de Chihuahua.
La CEDH documentó que, durante su estancia bajo resguardo estatal, “B” fue trasladada por distintos centros de asistencia social, todos ellos reportando dificultades para manejar su conducta agresiva. En junio de 2021 se ordenó su acogimiento residencial en un centro de asistencia social en la ciudad de Chihuahua.
Aunque la autoridad señaló que realizaría diligencias para localizar a familiares aptos para su cuidado, estas acciones se prolongaron durante años. A la tía de la menor, identificada como “A”, se le practicaron diversos estudios socioeconómicos, psicológicos y toxicológicos, algunos de los cuales arrojaron resultados que impidieron la reintegración familiar.
En materia de salud, la menor recibió atención psiquiátrica desde diciembre de 2021 y fue diagnosticada con trastorno de ansiedad, trastorno por déficit de atención e hiperactividad, así como epilepsia no especificada. En octubre de 2022 fue internada en el Hospital Civil Libertad, donde recibió tratamiento médico especializado.
El 18 de enero de 2023, el hospital determinó que la menor había cumplido los objetivos terapéuticos y que no era necesaria su hospitalización, aunque debía continuar con seguimiento psiquiátrico y psicológico. No obstante, días después, la Subprocuraduría ordenó su traslado a la clínica “Q”, en Boca del Río, Veracruz, como una medida de protección especial.
La CEDH estableció que dicho traslado se realizó sin notificar a la familia de la menor. Fue la propia adolescente quien informó a su tía, mediante mensajes en redes sociales, que había sido llevada a Veracruz sin conocer las razones.
El 21 de noviembre de 2023, la clínica reportó que la menor presentó un deterioro súbito de sus signos vitales, por lo que se le practicaron maniobras de reanimación cardiopulmonar sin éxito. La necropsia determinó como causa de muerte anoxia por broncoaspiración.
La notificación del fallecimiento a la tía se realizó varios días después, situación que la CEDH consideró una omisión grave. Además, se acreditó que la clínica no contaba con registro sanitario ni supervisión por parte de las autoridades de salud de Veracruz, y que no existió seguimiento mensual por parte de las autoridades de Chihuahua, como lo establecía el convenio de colaboración.
La Comisión concluyó que el Estado, al tener la custodia legal de la menor, fue responsable de garantizar su derecho a la vida, a la salud y a la integridad personal, derechos que fueron vulnerados por omisiones institucionales. Asimismo, reconoció a la tía “A” como víctima indirecta con derecho a la reparación integral del daño.
Como resultado, la CEDH emitió recomendaciones dirigidas a la Procuraduría de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes, entre ellas iniciar procedimientos administrativos para deslindar responsabilidades, inscribir a la víctima indirecta en el Registro Estatal de Víctimas, reparar integralmente el daño y adoptar medidas para evitar la repetición de hechos similares.
