El Congreso del Estado de México aprobó la tipificación del transfeminicidio, imponiendo penas de hasta 93 años de prisión y multas superiores a 6 mil días, según agravantes.

El Congreso del Estado de México aprobó por mayoría la tipificación del transfeminicidio en el Código Penal estatal, estableciendo sanciones de hasta 93 años y cuatro meses de prisión para quienes cometan este delito, según sus agravantes.
La iniciativa, promovida por la diputade Luisa Esmeralda Navarro Hernández, de Morena, busca visibilizar y sancionar los crímenes de odio contra mujeres trans y personas cuya identidad o expresión de género sea reconocida como femenina, fortaleciendo la justicia y el reconocimiento de los derechos de la diversidad sexogenérica.
De acuerdo con el dictamen, el transfeminicidio se define como el acto de privar de la vida a una mujer trans o persona identificada como mujer, cuando el móvil sea precisamente su identidad o expresión de género, en un contexto de discriminación o violencia de odio.
Las penas base van de 40 a 70 años de prisión y de 700 a 5 mil días multa, pero se incrementan hasta en un tercio cuando la víctima sea menor de edad o el agresor sea servidor público que haya abusado de su cargo, alcanzando así la pena máxima de 93 años y cuatro meses de cárcel y 6 mil 666 días multa. Además, el responsable perderá derechos civiles y familiares respecto a la víctima, incluidos los sucesorios.
Durante la sesión legislativa, Navarro destacó que la reforma “no sólo nombra una realidad, sino que compromete a combatir la impunidad que por años ha negado la existencia y dignidad de las personas trans”.
Con esta aprobación, el Estado de México se convierte en la sexta entidad del país en reconocer este delito, lo que fue celebrado por diversos legisladores de Morena y del PT, quienes resaltaron la urgencia de proteger a un sector históricamente vulnerado.
El documento también establece que se considerarán razones de identidad o expresión de género cuando existan signos de violencia sexual, mutilaciones, lesiones degradantes o actos de necrofilia, así como antecedentes de violencia familiar, institucional, laboral o comunitaria.
Otras agravantes incluyen la exhibición o abandono del cuerpo en lugares públicos, la difusión del delito o imágenes de la víctima, o la presencia de ensañamiento vinculado con la identidad de género.
Asimismo, se contemplarán expresiones de odio verbal, despojo de objetos distintivos de la identidad de la víctima o la sustitución de sus pertenencias por elementos del género opuesto, como pruebas del motivo transfóbico del crimen.
En la deliberación, diputadas como Paola Jiménez Hernández, Zaira Cedillo Silva, Selina Trujillo Arizmendi, Itzel Daniela Ballesteros Lule, y los diputados Edgar Samuel Ríos Moreno, Román Francisco Cortés Lugo y Octavio Martínez Vargas, coincidieron en que esta tipificación constituye un acto de justicia y reconocimiento hacia la comunidad trans.
Finalmente, la legisladora Esmeralda Navarro agradeció el respaldo de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez y del presidente de la Junta de Coordinación Política, José Francisco Vázquez Rodríguez, destacando que esta medida “marca un antes y un después en la lucha por la igualdad y el respeto a la diversidad”.